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Apoyo a los Estados Parte para la implementación e información sobre el Artículo 9

18.05.2021

 

El Comité para el Cumplimiento Cooperativo presidido por el Presidente de la Convención, ha recibido, entre otros mandatos, el de apoyar a "los Estados Parte en sus esfuerzos por implementar e informar sobre los asuntos contenidos en el Artículo 9", incluyendo el adoptar "todas las medidas legales, administrativas y de otro tipo, incluyendo la imposición de sanciones penales, para prevenir y reprimir cualquier actividad prohibida […] realizada por personas o en territorio bajo su jurisdicción o control”.

Sin embargo, hasta la fecha, 52 Estados Parte aún no han actuado ni informado sobre el progreso en la implementación del Artículo 9. Para abordar esta preocupación, la Acción 50 del Plan de Acción de Oslo pide a estos Estados que “tomen urgentemente todas las medidas legales, administrativas y de otro tipo para cumplir esas obligaciones e informar sobre las medidas adoptadas a más tardar en la Vigésima Reunión de los Estados Partes ”(REP20 o 20MSP en inglés).

Con poco más de un año para la REP20, el Comité --liderado por Holanda y con Chile,España, Panamá, y Polonia como miembros-- llevó a cabo un taller junto con Nueva Zelanda y el CICR, para crear conciencia sobre algunas de las herramientas disponibles para apoyar a estos 52 Estados.

Aquí la información:

Para más información contáctenos: isu@apminebanconvention.org